DOF-Factor de actualización a los ingresos totales anuales de una SAS-

El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una Sociedad por Acciones Simplificada.

Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2021, se publicó el Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una Sociedad por Acciones Simplificada, conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Esto es con el objetivo de brindar certeza jurídica a los particulares respecto del limite de ingresos anuales que podrán tener las Sociedades por Acciones Simplificada ("la S.A.S.") y en cumplimiento a lo estipulado en el mencionado artículo, el cual dispone que los ingresos totales anuales de este tipo de sociedades no podrán ser mayores a S5'000,000.00 M.N. (Cinco millones de pesos 00/100 Moneda Nacional); sin embargo, prevé que dicho monto será actualizado de manera anual el primero de enero de cada año. considerando el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el que se efectúa la actualización, misma que se obtendrá de conformidad con el Articulo 17-A del Código Fiscal de la Federación.

De igual forma se establece que para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los ingresos totales anuales de una S.A.S. no podrán rebasar de $6,292,602.4l (Seis millones doscientos noventa y dos mil seiscientos dos pesos 41/100 M.N.). En el supuesto de rebasar el monto, la S.A.S. deberá transformarse en otro régimen societario contemplado en la respectiva ley en mención, ya que de lo contrario, los accionistas responderán frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido.

El presente documento se realiza con fines informativos y, como siempre, los especialistas de Praxworld Solution Business S.C., estaremos atentos a los cambios que lleguen a suscitarse, poniéndonos a sus órdenes para cualquier asesoría relacionada con la presente en la siguiente dirección informes@praxworld.mx

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