SAT- Fecha límite para habilitar el buzón tributario-

El Servicio de Administración Tributaria mejoró su línea de comunicación con los contribuyentes al activar su buzón tributario, otorgando un fecha limite para activar el buzón tributario.

Derivado de la reforma fiscal para 2022, el Servicio de Administración Tributaria extendió el plazo de la fecha límite para activar el Buzón Tributario, en ese sentido los contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza a partir del 1 de enero de 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar su Buzón Tributario.

Los contribuyentes personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario, o bien solamente hubieran señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, deberán registrar o actualizar sus medios de contacto adicionando, en su caso, el que les haga falta, de acuerdo con el artículo Artículo 17-K del CFF y la regla 2.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 tendrán hasta el 30 de junio de 2022.

¿Quienes deben habilitar el buzón tributario?

Todos los contribuyentes inscritos en el RFC, salvo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.

  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.

  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

    Estas facilidades no serán aplicables tratándose de:

    • Los trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con Buzón Tributario.

    • Tratándose de contribuyentes que hayan emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina, dentro de los últimos 12 meses.

Finalmente es importante comentar que el presente documento se realiza con fines informativos y no representa opinión por parte de nuestra firma, en Praxworld Solution Business S.C., tenemos expertos en el área de impuestos y contabilidad que te podrán apoyar para realizar tu alta en el buzón a efecto de dar debido cumplimiento de las obligaciones fiscales a que estas sujeto como contribuyente para ello nos ponemos a tus ordenes en nuestro correo electrónico: informes@praxworld.mx

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